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Visados Madrid Preguntas Frecuentes

Visados Madrid Preguntas Frecuentes

  1. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?
  2. Tengo una tarjeta de residencia española. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?
  3. Soy familiar de un ciudadano de la UE. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?
  4. Mi tarjeta de residencia está caducada / tiene menos de tres meses de validez. ¿Puedo solicitar un visado? 
  5. No tengo tarjeta de residencia española. ¿Puedo solicitar un visado a través de la Embajada de Irlanda en España?
  6. ¿Cómo puedo solicitar un visado para Irlanda y cuales son los documentos requeridos?
  7. ¿Puedo enviar mi solicitud por correo o por mensajería?
  8. ¿Puedo presentar mi solicitud en persona en la Embajada? 
  9. ¿Tengo que presentar mi pasaporte/tarjeta de residencia originales o puedo conservarlos?
  10. ¿Tengo que presentar los documentos originales?
  11. ¿Cuándo me devolverán los documentos originales?
  12. ¿Cómo puedo contactar con la Oficina de Visados?
  13. ¿Cuánto tiempo tardará mi solicitud? 
  14. ¿Cuánto cuesta solicitar un visado? ¿Puedo solicitar un visado de entrada múltiple?
  15. ¿Cómo se paga la tasa de visado?
  16. ¿Necesito una traducción jurada de los documentos en español? 
  17. ¿Se confirma la recepción de la solicitud o se proporciona actualización del estado de la misma?
  18. ¿Cómo puedo recibir mis documentos cuando se haya tomado la decisión sobre mi visado?

For information in English, please read the Visa FAQs.

1. Necesito un visado para viajar a Irlanda?

La necesidad de un visado irlandés o una autorización previa depende de su nacionalidad. Para comprobar si su nacionalidad necesita visado, consulte el enlace.

 

2. Tengo una tarjeta de residencia española. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?

Irlanda no forma parte del Espacio Schengen. El visado Schengen o la tarjeta de residencia española no le permiten viajar a Irlanda sin visado.

Para comprobar si su nacionalidad necesita visado, consulte el enlace.

 

3. Soy familiar de un ciudadano de la UE. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?

Para obtener información sobre familiares no comunitarios de ciudadanos de la UE, lea atentamente la información de este enlace: ‌Familiares no comunitarios de ciudadanos de la UE

 

4. Mi tarjeta de residencia está caducada / tiene menos de tres meses de validez. ¿Puedo solicitar un visado?

La tramitación del visado puede iniciarse con la Tarjeta de Residencia actual (tanto si está caducada como si tiene menos de 3 meses de validez) y debe presentar el resguardo de renovación original si la tarjeta esá caducada. Sin embargo, la decisión sólo puede tomarse con una Tarjeta de Residencia que tenga al menos tres meses de validez o una Autorización de regreso con 90 días de validez.

Deberá presentar la nueva Tarjeta de Residencia original en cuanto la reciba. Si no la va a recibir antes de viajar, debe presentar una Autorización de regreso original antes de la fecha del viaje. Los visados concedidos en base a esta última pueden estar sujetos a restricciones de fecha.

Recomendamos que no envie una Autorización de Regreso cuando presente la solicitud. La Oficina de visados solicitará los documentos que faltan durante la tramitación.

 

5. No tengo tarjeta de residencia española. ¿Puedo solicitar un visado a través de la Embajada de Irlanda en España?

Para tramitar un visado para Irlanda a través de la Embajada de Irlanda en Madrid el solicitante debe ser residente legal en España. Si el solicitante no reside legalmente en España deberá solicitarlo a través de la Embajada de Irlanda que corresponda a su país de residencia habitual. Para comprobar a qué Embajada debe dirigirse consulte aquí.

 

6. ¿Qué tipo de visado necesito y cuales son los documentos requeridos?

El tipo de visado depende del propósito de su viaje. Consulte los enlaces abajo para ver algunas de las solicitudes de visado más comunes. Si no está seguro de cuál es el visado adecuado para usted, póngase en contacto con la Oficina de Visados.

Debe consultar los documentos requeridos en los enlaces. La Oficina de Visados devolverá las solicitudes cuando faltan todos o la mayoría de los documentos.

Si el tipo de visado que desea no figura en la lista (por ejemplo, Prácticas no remuneradas de Erasmus +, o Reunirse con su familiar de la UE en Irlanda), póngase en contacto con la Oficina de Visados para obtener información.

Visados de corta estancia C (menos de 90 días)

Turismo

Visitar familia/amigo

Estudios de corta duración

Conferencia

Negocio

Actuación/Torneo

 

Visados de larga estancia D (90 días o más)

Estudios de larga duración

Empleo

Empleo/Investigador científico

 

Para solicitar el visado debe presentar lo siguiente:

  • Formulario de solicitud: rellene el formulario en línea. Una vez cumplimentado, haga clic en "Ver e imprimir la hoja", e imprima la hoja de resumen. Debe firmar y fechar esta hoja y enviarla junto con lo siguiente:
  • Dos fotos tamaño pasaporte, con fondo blanco
  • Resguardo del pago de la tasa del visado (si procede)
  • Tarjeta de residencia española original y una fotocopia de ambos lados: para los visados de corta duración debe tener una validez de al menos 3 meses después de la fecha en que tiene previsto salir de Irlanda; para los visados de larga duración, debe presenter una tarjeta de residencia vigente. Si la tarjeta está cuducada, deben presenter la tarjeta original y el resguardo de renovación. Si necesita su tarjeta de residencia original mientras se tramita su solicitud, consulte la información en la pregunta 9.
  • Pasaporte original en vigor: para los visados de corta duración, debe tener una validez de 6 meses a partir de la fecha en que tiene previsto salir de Irlanda; para los visados de larga duración, debe tener una validez de 12 meses a partir de su llegada a Irlanda. También debe presentar una fotocopia reciente y legible que incluya la página de datos personales y todas las páginas con sellos o visados. No es necesario incluir las páginas en blanco. Todas las páginas del tamaño correcto y en el orden numérico correcto. Copias de todos los pasaportes anteriores, de las mismas características. NO ACEPTAMOS las solicitudes en las que falten las fotocopias. Si necesita su pasaporte original mientras se tramita su solicitud, consulte la información en la pregunta 9.
  • Todos los DOCUMENTOS REQUERIDOS para su categoría específica de visado, tal y como se detallan arriba en los ENLACES CORRESPONDIENTES. NO ACEPTAMOS las solicitudes en las que falten todos o la mayoría de los documentos requeridos. 

7. ¿Puedo enviar mi solicitud por correo o por mensajería?

La Embajada solo acepta solicitudes enviadas por correo postal o mensajería. Todas las solicitudes deben enviarse a: Embajada de Irlanda, Sección de Visados, Paseo de la Castellana 46 - 4, 28046 Madrid.

 

8. ¿Puedo presentar mi solicitud en persona en la Embajada? 

Las solicitudes solo se pueden entregar por correo certificado o un servicio de mensajería. 

 

9. ¿Tengo que presentar mi pasaporte/tarjeta de residencia originales o puedo conservarlos?

La Oficina de Visados necesita ver su pasaporte y tarjeta de residencia originales pero, si necesita estos documentos mientras se tramita su solicitud, le ofrecemos diferentes opciones para conservarlos. Por favor, lea atentamente la siguiente información.

Fotocopia sellada por un Consulado Honorario de Irlanda

  • Si envía su solicitud por correo o mensajería, puede enviar una fotocopia de su tarjeta de residencia/pasaporte certificada por uno de nuestros Consulados Honorarios. Nuestros Consulados Honorarios cobran una tasa por sellar una copia de su pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Tenga en cuenta que si se le concede el visado, deberá devolver su pasaporte a la Embajada.
  • Tenga en cuenta que no se aceptan copias compulsadas por un notario español.

Solicitudes por correo

Como alternativa, si envía su solicitud por correo, puede enviar su tarjeta de residencia y su pasaporte originales y solicitar su devolución a la recepción de la solicitud. Por favor, incluya:

  • Una carta solicitando que se le devuelva su tarjeta de residencia / pasaporte a la recepción de la solicitud e indicando claramente la dirección completa con el código postal. Tenga en cuenta que los demás documentos originales se devolverán cuando se tome la decisión.
  • Pasaporte original en vigor y fotocopia.* También debe incluir copias de sus pasaportes anteriores, pero no incluya los pasaportes anteriores originales.
  • Tarjeta de residencia original y fotocopia de ambos lados.
  • Tenga en cuenta que si no presenta fotocopias de su pasaporte válido y de su tarjeta de residencia, le devolveremos la solicitud.
  • Si desea que se le devuelva la solicitud por correo postal, debe incluir un sobre prepagado y certificado que puede adquirir en Correos. Por favor, escriba la dirección completa de forma clara y legible en el sobre. Asegúrese de incluir el código postal y le sugerimos que incluya su número de teléfono (formato de 9 dígitos). Por favor, tenga en cuenta que es responsabilidad del solicitante asegurarse de que proporciona la dirección completa y correcta. La Embajada no se hará responsable de retrasos en la entrega o pérdida de documentos debido a una dirección incompleta o incorrecta.
  • Procuramos llevar los documentos a Correos en un plazo de 5 días laborables desde su recepción en la Embajada. El tiempo de entrega después depende de Correos.  Si la dirección que facilita es incompleta, el envío tardará más. Si necesita recibir su pasporte o tarjeta de residencia en menos tiempo, recomendamos que contrate un servicio de mensajería. 
  • Tenga en cuenta que si se le concede el visado, deberá devolver su pasaporte a la Embajada.

Solicitudes por mensajería

Si envía su solicitud por mensajero junto con su tarjeta de residente y pasaporte originales, deberá organizar una recogida por separado para recibir sus documentos. No aceptamos entregas con retorno. Avisaremos por correo indicando que puede organizar la recogida. Por favor, incluya lo siguiente

  • Una carta solicitando que se le devuelva su tarjeta de residencia / pasaporte a la recepción de la solicitud. Tenga en cuante que los demás documentos originales se devolverán cuando se tome la decisión. 
  • Pasaporte original en vigor y fotocopia* También debe incluir copias de pasaportes anteriores, pero no incluya los pasaportes anteriores originales.
  • Tarjeta de residencia original y fotocopia.
  • Tenga en cuenta que si no incluye fotocopias de su pasaporte en vigor y de su tarjeta de residencia, le devolveremos la solicitud.
  • Tenga en cuenta que si se le concede el visado, deberá devolver su pasaporte a la Embajada.

*Fotocopia del pasaporte:

  • Debe copiar la página de datos personales y todas las páginas con sellos o visados, pero no las páginas en blanco.
  • Todas las páginas deben tener el tamaño correcto y estar en el orden numérico correcto.
  • Asegúrese de que las fotocopias son recientes y contienen todos los sellos y visados.

 

10. ¿Tengo que presentar los documentos originales?

  • Todos los documentos presentados deben ser originales (salvo que se indique lo contrario). No podemos aceptar documentos escaneados enviados por correo electrónico ni fotocopias de documentos originales.
  • Debe incluir una fotocopia de cualquier documento que desee que le sea devuelto, incluido su pasaporte y tarjeta de residencia vigentes.
  • Devolveremos las solicitudes que no tengan una fotocopia de los documentos originales, como su pasaporte y tarjeta de residencia vigentes, los certificados de nacimiento, y los certificados de matrimonio.
  • Tenga en cuenta que no devolvemos los extractos bancarios ni los documentos fiscales, por lo que no es necesario que presente una fotocopia de su extracto bancario.

 

11. ¿Cuándo me devolverán los documentos originales?

Le devolveremos los documentos originales cuando se tome la decisión. Debe:

  • Incluir una lista de los documentos que quiere que se le devuelvan y
  • Incluir una fotocopia de cada documento. Si no proporciona una fotocopia, no devolveremos los documentos.

 

12. ¿Cómo puedo contactar con la Oficina de Visados?

Consultas por correo electrónico: madrid.visados@dfa.ie

Recomendamos encarecidamente leer toda la información en las Preguntas Frecuentes antes de enviar un correo. Tenga en cuenta que la Oficina de Visados no contesta a las consultas que tengan respuesta en la Preguntas Frecuentes. 

Nos esforzamos por responder a los correos electrónicos en un plazo de tres días laborables. Sin embargo, durante las épocas de mayor actividad, como Navidad, Semana Santa y verano, el tiempo de espera puede ser mayor debido al volumen de consultas que recibe la Embajada.

Consultas telefónicas: 00 34 914319784, 9:30 - 11:00, de lunes a viernes. Si su pregunta está relacionada con una solicitud en curso, debe proporcionar el número de solicitud

Oficina pública: La Oficina de Visados está abierta unicamente para la recogida de visados y sólo con cita previa.

  • Horario de apertura: Lunes y Miércoles, 12:00 - 13:30
  • Dirección: Embajada de Irlanda, Paseo de la Castellan, 46 - 4, 28046 Madrid

 

13. ¿Cuánto tiempo tardará mi solicitud? 

La tramitación de un visado, incluido los visados de visita, tarda un mínimo de 8 semanas desde que recibimos todos los documentos requeridos, por lo que aconsejamos encarecidamente que presente su solicitud con tiempo suficiente y que se asegure de presentar todos los documentos requeridos. Si faltan documentos, se retrasará. 

Los visados de negocios se tramitan en 4 semanas desde que recibimos todos los documentos requeridos. Si faltan documentos, la solicitud se retrasará.

Las solicitudes se tramitan estrictamente en orden de recepción y no existe un proceso acelerado. Si tiene previsto viajar en Navidad, Semana Santa o verano, puede presentar su solicitud hasta 12 semanas antes de la fecha prevista para el viaje. 

 

14. ¿Cuánto cuesta solicitar un visado? ¿Puedo solicitar un visado de entrada múltiple?

Las tasa son las siguientes:

  • Visado de entrada única: 60 euros
  • Visado de entrada múltiple: 100 euros

Algunos solicitantes están exentos de pagar la tasa de visado. Consulte la sección de tasas de visado del sitio web de Inmigración de Irlanda para ver si le corresponde pagar la tasa. 

Al solicitar un visado de entrada múltiple, debe justificar la solicitud de visado de entradas múltiples y, como en todas las solicitudes de visado, la concesión de un visado de entradas múltiples queda a discreción del funcionario encargado de los visados. El pago de la tasa para un visado de entrada múltiple no garantiza que se le conceda. Tenga en cuenta que los visados de Conferencia se expiden generalmente como entrada única

 

15. ¿Cómo se paga la tasa de visado?

La tasa de visado sólo puede pagarse por transferencia bancaria y debe ingresarse en la siguiente cuenta:

Titular: Embajada de Irlanda

Dirección: BBVA, C/Claudio Coello 92, Madrid 28006

Número de cuenta: 0182 1932 44 0201542340

Código IBAN:  ES90 0182 1932 44 0201542340

Código Swift/BIC:  BBVAESMMXXX

Debe incluir su nombre y la palabra "VISA" en las Observaciones/concepto de la transferencia para asegurarse de que su tasa queda registrada en su solicitud.

Algunos solicitantes están exentos del pago de la tasa de visado. Consulte la sección de tasas de visado del sitio web de Inmigración de Irlanda para ver si le corresponde pagar la tasa. 

 

16. ¿Necesito una traducción jurada de los documentos en español? 

Según los requisitos, todos los documentos que no estén en inglés deben ser traducidos por un traductor jurado. Debe presentar el documento original junto con la traducción jurada. Tenga en cuenta que no podemos aceptar la traducción sin el documento original. Si desea que se le devuelva la traducción jurada, deberá presentar una fotocopia de la misma.

Los siguientes documentos no necesitan ser traducidos si están en español:

  • documentos de identidad o renovación de la tarjeta de residencia española
  • extractos bancarios o documentos fiscales. 
  • En cuanto a la traducción de otros documentos, recomendamos que contacte con la Oficina de Visados en el número 00 34 914319784, de 9:30 a 11:00, de lunes a viernes. 

 

17. ¿Se confirma la recepción de la solicitud o se proporciona actualización del estado de la misma?

Dado el volumen de solicitudes que maneja la Oficina de Visados, la Embajada no acusa recibo de las solicitudes o de los documentos ni proporciona actualizaciones de estado. Si desea confirmación de la entrega a la Embajada, debe utilizar el servicio de acuse de recibo cuando envíe su solicitud por correo certificado o mensajería. Nos pondremos en contacto por correo electrónico para solicitar los documentos que falten y cuando se tome la decisión.

 

18. ¿Cómo puedo recibir mis documentos cuando se haya tomado la decisión sobre mi visado?

Existen tres opciones para recibir sus documentos. Puede:

  • Recoger su pasaporte en la Embajada mediante una cita, que puede concertarse llamando a la línea de visados al 00 34 914319784, de 9.30 a 11.00, de lunes a viernes, o por correo electrónico. La Oficina de Visados está abierta al público los martes y jueves, de 12.00 a 13.30.
  • Enviar un mensajero a recogerlo. El horario de la Embajada es de 9.00 a 16.45. Por favor, avísenos cuando vaya a llegar el mensajero.
  • Enviar un sobre prepagado, que puede comprarse en cualquier oficina de Correos. Colóquelo dentro de otro sobre y envíelo a la Embajada con una carta indicando su dirección completa con el código postal. Escriba la dirección completa de forma clara y legible en el sobre. Le sugerimos que incluya su número de teléfono (formato de 9 dígitos).

 

 

 

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